El Gobierno oficializó por decreto el canje de bonos en entidades públicas­

Después de haberlo presentado a los principales actores del mercado, el Gobierno oficializó vía decreto la decisión de que los bonos en dólares en manos de los organismos públicos pasen a pesos.­

Lo hizo mediante el decreto 163/2023, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández y de todos los ministros.

El artículo 2 del decreto reza: “Dispónese que las Jurisdicciones, Entidades y Fondos alcanzados por las previsiones del art¡culo 1ø del presente decreto deber n proceder a la venta o subasta de sus tenencias de los t¡tulos p£blicos nacionales denominados y pagaderos en d¢lares estadounidenses… Las ventas o subastas ser n llevadas a cabo por la entidad que determine el Ministerio de Econom¡a bajo los t‚rminos y condiciones que este disponga, por cuenta y orden de los organismos antes referidos”.­

El decreto dispone que los organismos públicos involucrados en el canje “deberán suscribir títulos públicos nacionales pagaderos en pesos a ser emitidos por el Tesoro Nacional” por un importe equivalente “al 70% del producido que reciban por las operaciones de venta de sus tenencias de títulos en dólares”.­

En relación con el 30% restante de lo que reciban las reparticiones estatales, se dispone que “deber  ser utilizado en gastos, inversiones y/o aplicaciones financieras dentro de los objetivos, metas y actividades de cada organismo en el transcurso del ejercicio presupuestario 2023, incluyendo la financiación de inversiones productivas y cr‚ditos que motoricen el consumo interno”.­

El artículo 5°, en tanto, habilita, ajustado a lo dispuesto por la ley de Administración Financiera, a que el sector público emita “títulos públicos pagaderos en pesos del Tesoro Nacional por hasta el monto que resulte necesario para el canje dispuesto” por el decreto.­

El ministerio de Economía tendrá a su cargo la elaboración de “la nómina de las Jurisdicciones, Entidades y Fondos alcanzados en el presente decreto, y dictará las normas complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente medida”.­

­LETRAS ­

En un decreto complementario, el Gobierno también dispuso que las Letras Intransferibles en dólares en poder del Banco Central “serán reemplazadas, a la fecha de su vencimiento, por nuevos títulos públicos cuyas condiciones serán definidas por las secretarías de Hacienda y Finanzas dependientes del ministerio de Economía”.­

Entre otras, el texto normativo menciona las Letras Intransferibles consignadas en el Decreto 622 de 2021, emitido en ocasión de la ampliación de capital del Fondo Monetario Internacional por el cual la Argentina recibió u$s 4.300 millones en agosto de ese año. Ese dinero ingresó al país a través del Banco Central. Para compensarlo, el Gobierno emitió a su favor esas Letras que también serán abarcadas en el canje.­