Denuncia penal contra Taiana y Jozami por la sanción a un general
Tras la sanción impuesta al general de brigada (r) Rodrigo Alejandro Soloaga, fueron denunciados penalmente ante la Cámara Federal de Casación Penal el ministro de Defensa, Jorge Taiana, y el director de Derechos Humanos de la Secretaría de Estrategia y Asuntos Militares de esa misma cartera, Eduardo Jozami, responsables de la medida.
La denuncia la presentó el domingo pasado por vía electrónica, como es ahora habitual, el abogado Eduardo San Emeterio, por “incumplimiento de los deberes de funcionario público”, delito contemplado en el artículo 248 del Código Penal argentino.
En su escrito, San Emeterio recuerda a la Cámara que “dichos funcionarios imputaron al general de brigada Rodrigo Alejandro Soloaga, presidente de la Comisión del Arma de Caballería, el supuesto delito de ‘apología del terrorismo de Estado’ a raíz del discurso pronunciado en el día del arma de Caballería el pasado 23 de abril” en el Campo Argentino de Polo.
“Independientemente de considerar que el general Soloaga no ha cometido delito alguno, pues no ha incurrido en la mal calificada “apología del delito”, los que si han cometido el delito de no cumplir con sus obligaciones legales son los dos funcionarios denunciados al no recurrir a la justicia y formular la correspondiente denuncia penal”, señala el abogado.
INCUMPLIMIENTOS
En ese sentido, el letrado remarca en su presentación que los funcionarios “evidentemente solo se limitaron a formular dicha acusación al general en el ámbito administrativo y no en el que, por obligación de sus cargos, deberían haber formulado, ante la Justicia Penal Federal”.
El Código Penal, en el artículo invocado por San Emeterio, dice que “será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”.
En una entrevista , el abogado sostiene que, aun cuando en su escrito ante la Cámara se concentró en el incumplimiento de los funcionarios al no presentar su denuncia ante la Justicia, también dictaron resoluciones u órdenes contrarias a la Constitución y las leyes, por haber imputado al general un delito inexistente.
“Fíjese que no sólo imputaron un delito inexistente, sino que además la dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Defensa, a cargo de Jozami, ordenó al Ejército entregar un informe detallado del acto, con una lista de los civiles y militares que estuvieron presentes y el legajo de los oficiales que recibieron premios”, argumenta el letrado.
“Esto es algo que solo puede ordenar un juez, y si hay un motivo justificado. Acá no hay ninguna orden de ningún juez. Y había civiles. Había periodistas. Por lo tanto, el pedido de informes no solo es violatorio de la libertad de expresión. Es violatorio además del derecho a la intimidad de las personas”, añadió.
El general Soloaga, en su condición de presidente de la Comisión del arma de Caballería, había expresado su “acompañamiento” y su “solidaridad espiritual” con sus camaradas presos y sus familias. Su remoción de ese cargo causó un fuerte malestar no sólo en las filas del Ejército sino también en la oposición.
Pero San Emeterio dice en su diálogo que la apología del delito se produce cuando una persona defiende o promueve conductas delictivas. ¿Dónde y en qué parte el general incitó a sus camaradas a cometer delito?”
El abogado pide en su presentación judicial que se convoque a prestar declaración indagatoria a Taiana y a Jozami, y que se corra vista al Ministerio Público Fiscal.
FUENTE : LA PRENSA