La cobertura de la Compañía de Seguros de Jujuy es normal y nunca estuvo en riesgo

A raíz de inconvenientes técnicos en sistemas informáticos, la Compañía de Seguros de Jujuy resultó impedida por cuestión de horas de presentar su balance en tiempo y forma ante la Superintendencia de Seguros de la Nación, situación por la cual dicho organismo dispuso una medida preventiva y no sancionatoria a la aseguradora, a fin de permitir el cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de Seguros.

En este marco, mediante Resolución 2024–429–APN–SSN#MEC, la Superintendencia dispuso el inmediato levantamiento de la inhibición, la cual nunca afectó el derecho de los asegurados y beneficiarios, sino que se efectuó sobre las inversiones que realiza la empresa.

La Compañía de Seguros de Jujuy nunca suspendió su operatoria y esta situación de ninguna manera puso en riesgo los derechos de asegurados y beneficiarios, conforme surge del Artículo 109 de la Ley 17.418 de Contratos de Seguros, instrumento que obliga a mantener indemne a los asegurados y beneficiarios. Los derechos de los mismos y de los proveedores jamás estuvieron en riesgo.

De esta manera, la aseguradora echó por tierra las manifestaciones mal intencionadas de quienes deberían trabajar por el bien común de nuestra sociedad sin buscar rédito partidario.