Las aseguradoras ya no deberán ofrecer servicio de grúa y auxilio mecánico
La Superintendencia de Seguros de la Nación modificará el servicio de remolque que tenían las compañías aseguradoras en todo el ámbito de la República Argentina. Los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios. Únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador.
En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, indicó el texto oficial.
La Resolución SSN 217.2024 que modifica el Reglamento de la Actividad Aseguradora, ha dado un plazo de hasta 90 días para implementar este cambio, pero, además, una vez pasados los 90 días, el cambio se aplicará a cada usuario al finalizar el actual contrato de seguro, es decir al momento de renovar las pólizas.
Según los especialistas, esta es una decisión que debería haberse tomado hace bastante tiempo, ya que los servicios de auxilio mecánico y el servicio de remolque no forman parte del objeto de seguro y alteran el principio básico por el cual las primas deben destinarse al suficiente cumplimiento de las obligaciones del asegurador y su permanente capacidad económica y financiera.
Desde hace muchos años, las compañías se han visto obligadas a destinar parte sustancial de la recaudación de las primas a brindar un servicio que además de muy costoso, tercerizado, lo que termina generando problemas de otra índole a una aseguradora, que termina distrayendo recursos y tiempo a atender temas que no le son propios, exponiéndose además a un desgaste de imagen con sus clientes.
Fuente: La Prensa