Sobreseyeron a todos los gendarmes investigados por la desaparición y muerte de Santiago Maldonado

El juez federal de Rawson, Gustavo Lleral, sobreseyó a todos los gendarmes que eran investigados en la causa en la que se investiga la desaparición y muerte de Santiago Maldonado, ocurrida en agosto de 2017 en Chubut en el marco de un operativo de desalojo de un corte de la ruta 40 que realizaba la comunidad mapuche de Cushamen, informaron fuentes judiciales.

“Puedo afirmar con absoluta certeza que ninguno de los sucesos y ninguna de las acciones humanas analizados son susceptibles de ser considerados delitos, de los tipificados por nuestra ley penal”, sostuvo el magistrado en la resolución de 361 páginas en la que decretó los sobreseimientos.

La decisión judicial benefició al gendarme Emmanuel Echazú, que estaba acusado por la supuesta desaparición forzada de Maldonado, y a los agentes Juan Pablo Escola, Víctor Vaquila Ocampo y Marcelo Ferreyra, quienes eran señalados por haber cometido los delitos de daño, abuso de autoridad y omisión de los deberes de funcionario público.

Lleral afirmó que a los gendarmes investigados y todos sus compañeros que participaron del operativo de desalojo “ni siquiera se les puede dirigir el reproche de un hipotético abandono de persona en perjuicio de Santiago Andrés Maldonado, pues, tal como se dijo, no existe elemento de prueba alguno que permita sostener ese juicio de tipicidad y esa atribución penal”.

Maldonado desapareció el 1 de agosto de 2017 durante un operativo de Gendarmería en el que fue reprimida una protesta de la comunidad mapuche de la Pu Lof Cushamen en Chubut, por el reclamo de tierras ancestrales ubicadas entre la ruta 40 y el río Chubut: su cuerpo apareció 78 días más tarde 400 metros río arriba de donde había sido visto por última vez.

Echazú estaba imputado por “en Cushamen, Chubut de persona”. Escola, Vaquilla y Ferreyra eran investigados por los delitos de daño, en Cushamen, Chubut y omisión de los deberes de funcionario público.

“Las razones asentadas sobre las evidencias que determinan, de manera indiscutible, mi convicción, es que sostengo con la certeza suficientemente necesaria que en los eventos verificados los días 31 de julio y 1º de agosto de 2017, no existe absolutamente, ninguna conducta humana que sea susceptible de constituir un ilícito”, consideró el juez federal.

El magistrado entendió que “la verdad” se demostró con “independencia e imparcialida”. Que Maldonado se encontraba en el lugar en el que había sido visto por última vez el 1 de agosto de 2017: “Solo, sin que nadie lo notara, se hundió, en ese pozo en el que minutos antes Lucas Ariel Naiman Pilquiman había evitado caer cuando se propuso cruzar el río luego de animar a Santiago a realizarlo. En ese lugar, murió ahogado, sin que nadie pudiera advertirlo, sin que nadie pudiera socorrerlo. Ni los gendarmes que los perseguían en medio del operativo, ni los miembros de la comunidad a la que Santiago fue a apoyar en sus reclamos”.

“Aunque se insista en presentar los hechos de un modo absurdamente diverso a su esencia, aunque se pretenda evitar o demorar la realización de medidas de prueba, justamente, develadoras de esos hechos, aunque insistentemente se propongan infinitas medidas abiertamente inconducentes, y aunque se declare públicamente que los hechos no son como sucedieron sino como algunos prefieren que hayan sido, lo cierto es que la verdad que rodeó la desaparición y muerte de la víctima de esta causa (y víctima de todas las manipulaciones espurias que de ella derivaron), es una sola”, agregó.

“Que en suma, por todas y cada una de las pruebas producidas y de las razones expuestas a lo largo de los considerandos que anteceden, cabe afirmar que en esta causa se ha podido dar con la verdad que rodeó la desaparición y fallecimiento desgraciados de Santiago Andrés Maldonado, y se resolverá en consecuencia”, concluyó también el juez.

Fuente: La Prensa