La Legislatura avanza en el Proyecto de Ley de Juicios por Jurados

En el Salón Presidente Dr. Raúl Alfonsín, legisladores de distintas bancadas se reunieron, en el marco de las Comisiones de Asuntos Institucionales y de Legislación General, con miembros de la Suprema Corte de Justicia de la provincia para trabajar en el proyecto de ley de Juicios por Jurados. La iniciativa propone incorporar la participación ciudadana en la administración de justicia, fortaleciendo el sistema democrático y promoviendo un mayor compromiso con las instituciones republicanas.

Estuvieron presentes, el Dr. Ekel Meyer, presidente de la Suprema Corte de Justicia, el Dr. Sergio Marcelo Jenefes (Juez suplente) y los jueces; Dra. Laura Nilda Lamas González, Dr. Federico Francisco Otaola, Dr. Mariano Gabriel Miranda, Dra. María Eugenia Nieva, y el Dr. Martín Francisco Llamas.

Al respecto, el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Ekel Meyer, expresó “vinimos a conversar, a aportar ideas y a ponernos a disposición para colaborar en la elaboración del proyecto. Abordamos la temática en términos generales y nos comprometimos a enviar aportes y contribuciones al texto de la ley. La Legislatura está haciendo una excelente tarea al convocar a todos los estamentos involucrados”.

El proyecto instituye la implementación del modelo clásico de juicio por jurados, compuesto por 12 miembros titulares, garantizando la paridad de género, y presidido por un juez profesional. Estará limitado a delitos cuya pena máxima en abstracto sea de 20 años o más de prisión, según lo establecido por el Código Penal.

La propuesta establece que podrán ser jurados los ciudadanos argentinos que no ejerzan cargos públicos electivos, ni funciones jerárquicas equivalentes o superiores a director en los ámbitos nacional, provincial o municipal. También quedan excluidos funcionarios y empleados del Poder Judicial; integrantes activos de las fuerzas armadas y de seguridad; ministros de cultos reconocidos; abogados, escribanos y procuradores matriculados; personas imputadas en causas penales; condenados a penas privativas de libertad y quienes estén registrados como deudores alimentarios.

Sobre la integración del jurado, Meyer detalló “está conformado por 12 personas. Se elabora una nómina con todos los ciudadanos habilitados de Jujuy y luego se realiza un sorteo a través del sistema del Tribunal Electoral. Los jurados no son permanentes: culminado un juicio, se disuelve el jurado y se conforma uno nuevo para el siguiente proceso”.

Además, agregó “hemos dialogado con provincias que ya aplican este sistema. Una de las decisiones más complejas es definir qué delitos deben ser juzgados por jurados. Coincidimos en que deben incluirse los previstos en el artículo 80 del Código Penal, es decir, los homicidios agravados. A medida que se adquiera mayor experiencia y comprensión sobre el funcionamiento del juicio por jurados, se podrá ampliar su alcance a otros tipos de causas, aunque requiere tiempo y preparación”.

Finalmente, anticipó que continuarán trabajando de forma articulada con la Cámara, aclarando “acordamos con los legisladores realizar reuniones con los jueces penales. Creemos que todo el sistema judicial debe estar comprometido para sancionar la mejor ley posible. Participarán activamente los jueces, funcionarios y la Corte en pleno, colaborando cada vez que sea necesario para contribuir a la elaboración del proyecto”.