Alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para el Comercio Minorista y Mayorista

La Dirección Provincial de Rentas de Jujuy, en el marco de su función institucional y con el objeto de preservar el derecho de la ciudadanía a contar con información veraz y debidamente respaldada por las normativas vigentes, informa a la comunidad en general y al sector comercial en particular que:

La Provincia de Jujuy nunca ha aplicado una alícuota del 5% en el impuesto sobre los Ingresos Brutos para las actividades de comercio minorista ni mayorista.

Las alícuotas aplicables a estas actividades se encuentran detalladas en la Ley Impositiva vigente Nº 6442, y son del 3,5% o 4,5%, según el nivel de facturación anual de cada contribuyente. Estas tasas han sido debidamente establecidas por ley y se mantienen vigentes, sin cambios ni incrementos recientes que alteren esta realidad.

En este sentido, se desmienten categóricamente las afirmaciones inexactas que han circulado en redes sociales, muchas de las cuales responden a intenciones maliciosas o a la falta de información, y que solo contribuyen a generar confusión y desinformación en la comunidad.

El Gobierno de la Provincia, a través de esta Dirección, reitera su compromiso con el acompañamiento y fortalecimiento de las actividades económicas locales, brindando herramientas que promuevan el desarrollo del comercio, la inversión y el empleo.

Asimismo, invita a comerciantes, empresarios, profesionales y ciudadanos en general a acercarse a la Dirección Provincial de Rentas para informarse correctamente sobre las normas tributarias, alcances y obligaciones. La institución pone a disposición todos sus canales oficiales de atención, 08005555599, centrodeatencion@rentasjujuy.gob.ar ,para evacuar dudas y brindar el asesoramiento necesario con la seriedad y responsabilidad que caracteriza su accionar.

La correcta circulación de la información es un bien público que debemos cuidar entre todos. Por ello, instamos a no difundir contenidos sin el debido respaldo legal o institucional.