Causa Vialidad: para la Justicia Cristina Kirchner encabezó un “hecho de corrupción estatal”
El Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) dio a conocer hoy los fundamentos en base a los cuales condenó a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner a seis años de prisión por presunta administración fraudulenta y la absolvió junto a los demás acusados por el delito de asociación ilícita, al término de un juicio en la llamada “Causa Vialidad”, en el que también fue inhabilitada para ejercer cargos públicos.
A lo largo de 1.616 carillas, los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso expresaron que “estamos ante un hecho de corrupción estatal que como tal socava las legitimidades de las instituciones públicas, atenta contra la sociedad, el orden moral y la justicia así como el desarrollo integral de los pueblos”.
“La comprobación de un interés personal sobre el plan criminal de parte de Cristina Fernández de Kirchner, evidenciado materialmente en la participación de la nombrada en el producto del delito a través de múltiples operaciones comerciales con el empresario detrás de las sociedades ilegalmente beneficiadas fue dirimente”, agregaron.
Los jueces explicaron en sus fundamentos que el punto de partida de la maniobra ilegal que realizó Cristina Kirchner comenzó con el dictado del decreto 54/2009 que fue firmado a instancia del entonces secretario de Obras Públicas, José López, también condenado en el caso.
De acuerdo con los miembros del TOF 2 se dictó una medida para que los fondos del fideicomiso de la obra pública quedarán a disposición de la Dirección Nacional de Vialidad, a cargo de Nelson Periotti -también condenado- para el pago de los certificados de obra. Los jueces hablaron de “licitaciones fraudulentas, justo a favor de las empresas pertenecientes a Lázaro Báez”.
En ese sentido, se estableció que el decreto “brindaría una opacidad ciertamente necesaria al accionar de Nelson Periotti en relación al pago de las obras, y habilitaría posteriormente la instauración de un nuevo beneficio en favor de las firmas controladas por Lázaro Antonio Báez”.
Los jueces sostuvieron que “así las cosas, nos encontramos en condiciones de afirmar que, a resultas de este juicio oral, ha quedado al descubierto que la oportunidad cuya conveniencia se estimó precisamente para justificar, convalidar y suscribir el proyecto, no estuvo referida a la ventaja técnica o económica de la medida, ni al interés público o el bien común, sino en función del mayor provecho para el insospechado propósito que encubría”.
Los magistrados Gorini, Giménez Uriburu y Basso consideraron que esa decisión de la entonces presidenta “no se redujo al mero incumplimiento de los deberes a su cargo sobre el cuidado y la administración de los fondos públicos”, ya que respondía a un plan específico, por el que “los beneficios indebidamente obtenidos por el empresario a raíz de la maniobra defraudatoria tenían como destino final, en parte, las empresas familiares de la ex Presidenta”.
Al mismo tiempo que Báez recibió los fondos del Estado, hacía negocios con los Kirchner. Puntualmente alquilaba y administraba hoteles en Santa Cruz de la familia y alquilaba propiedades de los Kirchner en Río Gallegos y la ciudad de Buenos Aires.
Esos hechos forman parte de las causas “Los Sauces” y “Hotesur” -los nombres de las empresas de los Kirchner- por los que Cristina Kirchner, Báez y otros acusados fueron sobreseídos y esa decisión está bajo revisión de la Cámara Federal de Casación Penal que debe decidir si lo confirma u ordena que se haga el juicio oral, como solicitó la Fiscalía de ese expediente.
Con este paso procesal, comenzaron a correr los diez días hábiles para las defensas y para la fiscalía en pos de apelar el veredicto ante la Cámara Federal de Casación penal, aunque es un plazo que podría prorrogarse si alguna de las partes lo pide, explicaron fuentes judiciales.
Los jueces condenaron a la vicepresidenta a seis años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos como “autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”.
Lázaro Báez, dueño de la empresa “Austral Construcciones”, recibió la misma pena por el mismo delito en calidad de partícipe necesario.
También quedaron condenados a seis años de cárcel el extitular de Vialidad Nacional en ese período Nelson Periotti y el ex secretario de Obra Pública José López.
Exfuncionarios de Vialidad nacional y de la provincia de Santa Cruz recibieron penas de entre 4 y 5 años de prisión mientras que todos los acusados fueron absueltos por el delito de asociación ilícita.
El Tribunal dispuso el decomiso actualizado si la sentencia queda firme de 84.835.277.378,04 millones de pesos, suma considerada producto del delito.
Fuente: La Prensa